Enfermedades en la ganadería ecológica.
- Institución que la publica
- Instituto de Restauración y Medio Ambiente · España
- Documento fuente
- Agricultura Ecológica Manual y Guía Didáctica · 304-305-306-307 pág.
- Código de ficha
- 400344
Descripción de la tecnología.
Uno de los problemas más importantes que se plantean en ganadería ecológica es el de las enfermedades. Ante ellas es necesario tener previsto de antemano un plan de acción para prevenir, en la medida de lo posible, al menos las enfermedades más corrientes.
Previamente al establecimiento del plan de prevención, se debe recabar información sobre los antecedentes sanitarios de la granja o de las granjas de la zona, ya que al favorecer cada territorio la aparición de unas determinadas enfermedades del ganado, se podrán aplicar las normas de manejo más adecuadas para limitar su incidencia.
A la hora de aplicar el plan de prevención en ganadería ecológica tendremos que actuar de forma simultánea sobre los siguientes elementos.
Animal sensible. Para la mayor parte de las enfermedades no basta con la presencia de un agente patógeno para que se desarrollen,
con lo que, si evitamos que nuestros animales sean enfermos potenciales, impediremos en la mayoría de los casos la aparición de la enfermedad.
El refuerzo de la inmunidad natural es algo fundamental en producción ecológica. Esto se consigue mediante la aplicación de un adecuado plan de cría y reproducción.
Además, para preservar las alud del ganado es imprescindible la aplicación de unas normas mínimas de higiene.
El animal debe recibir la alimentación correcta y vivir en condiciones de bienestar que aseguren su resistencia a los agentes patógenos. Mediante un control, podremos deshacernos de los individuos menos interesantes, y conseguir un rebaño cada vez más adaptado a las condiciones de nuestra granja. Un seguimiento veterinario permanente con datos acerca de la granja y el estado nutricional y sanitario del rebaño permitirá detectar precozmente las enfermedades y aplicar las medidas adecuadas antes de que éstas se propaguen.
El agente causante.
Las acciones han de ser lo más especificas posibles. La lucha biológica, mediante la utilización de organismos que sean enemigos específicos del agente patógeno (depredadores, competidores o parásitos), es una buena medida para controlar las poblaciones de patógenos. Sólo como recurso secundario y cuando todas las medidas preventivas han fallado, se podrán utilizar, con las debidas precauciones, productos naturales como los utilizados en fitoterapia, homeopatía, aromaterapia, etc. (y siempre que estén autorizados por el organismo de control).
Organismos transmisores.
Son aquellos que actúan como intermediarios o reservorios de la enfermedad. Se tendrá en cuenta la fauna silvestre que esté en contacto con nuestros animales y el ganado de las granjas vecinas.
Actuación sobre el medio.
Las instalaciones deben proporcionar el máximo bienestar a los animales, permitiéndoles desarrollar todas las facetas de su vida, así como presentar condiciones adecuadas de limpieza, humedad, temperatura y espacio. Las camas de los animales deben mantenerse limpias y secas para evitar la proliferación de parásitos y microorganismos. Es conveniente renovar las camas con frecuencia añadiendo paja abundante y a ser posible un desecante natural como fosfatos o dolomita.
Frente a las enfermedades deben tenerse en cuenta una serie de medidas generales:
Procurar que todas las prácticas de manejo de los animales se dirijan a conseguir la máxima resistencia a las enfermedades y a prevenir las infecciones.
Cuando ocurra la enfermedad se deberá hallar la causa y prevenir futuros brotes cambiando las técnicas de manejo.
Si es necesario realizar tratamientos, se recurrirá preferentemente a la fitoterapia, aromaterapia, homeopatía, isopatía y otras técnicas naturales.


Normas generales para los tratamientos antiparasitarios. Debe efectuarse una acción profiláctica con prácticas que eviten el parasitismo, como por ejemplo rotación de pastos, fertilización adecuada, desinfección de establos, etc. Por otro lado, el animal debe tener su sistema inmunitario en óptimas condiciones por medio de una alimentación equilibrada, la corrección de las carencias minerales y vitaminas, etc
El Organismo Regulador podrá autorizar uno o dos tratamientos con los productos antiparasitarios sintéticos de uso restringido.
En este caso el ganadero podrá justificar la necesidad del tratamiento con un certificado del veterinario que haya realizado el examen clínico o el análisis coprológico positivo realizado en laboratorios oficiales.

Como regla general, se administrarán por vía oral los antiparasitarios internos y por vía externa los externos, administrándose mediante inyección únicamente en ciertos casos particulares justificados (hipodermosis). Quedan excluidos los difusores químicos de acción prolongada ingeridos por los animales o utilizados externamente.
El número de tratamientos anuales se determinará según los resultados de los exámenes clínicos o coprológicos (uno de los dos métodos es obligatorio), y no podrá superar los dos tratamientos por año como regla general.
Uno o bien ambos tratamientos deben realizarse obligatoriamente fuera de la época de lactación y ninguno de ellos al comienzo de la gestación.